Christian Chacón Herrera
OPRIC
Han pasado las partes en conflicto en el contexto de la disputa jurídica entre Colombia y Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia por las supuestas violaciones del Estado colombiano a la soberanía nicaragüense tras lo determinado por dicha corte internacional en el año 2012. Ambos Estados han presentado ya sus argumentos respecto a la disputa y se espera un dictamen por parte de la Corte, pero es relevante apuntar algunos elementos relevantes que dejan las audiencias ya realizadas.
Colombia y los raizales
Un hecho histórico fue la aparición ante los jueces en el momento de los argumentos de Colombia de Kent Francis James, exgobernador del archipiélago y embajador de Colombia en Belice y Jamaica en la década de los 90’s. Él, en representación de los raizales, manifestó la importancia del territorio en disputa para la población raizal de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y en su discurso, mostró una perspectiva distanciada de la posición del Estado colombiano, más enfocada en la necesidad de concederle importancia a lo raizal en la disputa.
Esto no es sino la consumación de un largo proceso llevado a cabo por los raizales tras el fallo de La Haya de 2012, en donde el grupo étnico inició un conjunto de acciones contra y con el Estado para consolidar sus intereses[1]. El discurso étnico entró en la agenda de la defensa de Colombia después de ser un tema irrelevante hasta la última comparecencia de Colombia ante los jueces de la CIJ.
Adicionalmente, Colombia indicó que su posición no es negacionista, sino que se enmarca más en la necesidad de empatar las condiciones domésticas con lo determinado por la Corte, es decir, la necesidad de que exista un tratado aprobado por el Congreso de Colombia. Otro de los argumentos es que Nicaragua ha coaccionado y no ha respetado los derechos ancestrales de la población raizal en sus recolecciones pesqueras, por lo cual el Estado colombiano debe patrullar la zona para garantizar dichos derechos, además de tener control sobre el espacio por temas de seguridad vinculadas al narcotráfico. También los asuntos ambientales se pusieron sobre la mesa, indicando que Nicaragua ha aumentado sistemáticamente la pesca sobre la zona.
En ambas intervenciones, Colombia ha puesto la confianza sobre los argumentos vinculados a lo étnico y ha abierto la puerta a la necesidad de establecer un tratado entre las partes que tenga en consideración lo raizal. Además, ha querido mostrarse como un Estado que cumple con los compromisos internacionales y que no niega la jurisdicción de la CIJ, en contraposición a Nicaragua, que aparece como un Estado beligerante a ojos de la defensa colombiana.
Los argumentos de Nicaragua
Sin embargo, los elementos señalados por Colombia tenían que enfrentar a una fuerte batería de evidencias por parte de Nicaragua, pues en su argumentación del incumplimiento del fallo, los abogados del Estado nicaragüense mostraron evidencia de manifestaciones públicas por parte de altas autoridades colombianas que negaban el fallo de 2012, junto con lo publicado por la Comisión Colombiana del Océano y hechos “en caliente” en la zona en disputa, donde los barcos de las autoridades colombianas se han plegado a la “inaplicabilidad” del fallo para patrullar espacios concedidos por la CIJ en su última determinación.
También dio vuelta a la carta de lo “raizal” al señalar que el gobierno de Nicaragua nunca ha negado y por el contrario ha aceptado públicamente los derechos étnicos en la zona. Esto es demostrable con las reuniones que el mismo Daniel Ortega ha tenido con los raizales en el periodo entre 2012 y 2017 y la manifestación al expresidente Juan Manuel Santos de que la formalización de un tratado debía poner los derechos de pesca raizales sobre la mesa. Incluso, indicó que la defensa de la pesca ancestral y del medio ambiente se cae por su propio peso ante la explotación industrial permitida por Colombia de barcos extranjeros y que esto se usa como una forma de “desviar la atención” ante los jueces.
La argumentación de Nicaragua también señaló la famosa “zona contigua integral” que Colombia declaró con el Decreto 1946 de 2013 es fiel muestra de un incumplimiento de lo determinado por la corte y por ello demanda una indemnización por parte del Estado colombiano que se determinaría en otra instancia.
Lo que podría venir con la Corte Internacional de Justicia
Los argumentos de Colombia, aunque enmarcados en una estrategia distinta, no dejan de parecer tardíos e incluso desdibujados por la evidencia nicaragüense. Sin embargo, es posible que la CIJ no entre a dirimir algo de fondo, sino que invite a las partes a sentarse en la mesa y definir de manera definitiva los límites en el Mar Caribe. Habría que ver cuál será la posición de los jueces frente a la figura de la Zona Contigua Integral en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en el sentido de que sea percibido como una afrenta a lo establecido por el fallo o sí aparece como una figura con un grado de validez en el derecho internacional.
La cuestión raizal puede tener poca incidencia por su tardía aparición, pero puede ser también el impulso para la promoción de la negociación entre las partes por parte de la CIJ y de hecho, podría inclusive ser un comodín importante para el Estado colombiano al momento de sentarse en la mesa con Nicaragua, pues este grupo étnico podría demandar la participación de sus pares creole en el país centroamericano y generar una especie de amortiguamiento en la disputa interestatal.
Colombia no tiene mucho que perder en este fallo más allá de ese prestigio de ser respetuoso del derecho internacional, pero más allá de eso, la negociación parece ser el único camino en este momento. De mostrarse que existe una violación flagrante de los derechos de Nicaragua (es decir el peor escenario), parecería complicado que Colombia pueda mantener el limbo jurídico de la “inaplicabilidad” y le daría vuelo a Nicaragua para hacer uso y ejecutar acciones sobre el espacio marítimo que le fue otorgado. Resta esperar sí el cambio de estrategia y la inclusión de lo étnico, mantienen su eco tanto en la corte, como fuera de ella.
[1] Chacón, C. (2019) Participación de la etnia raizal en la política exterior colombiana después del fallo de La Haya de noviembre de 2012. Tesis de maestría. Universidad Nacional de Colombia.